Construcción de dos edificios de 7 pisos de altura destinado a vivienda y comercio.
Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamación de vecino de Concón que buscaba el ingreso al SEIA de Edificio Duo.
Estos sentenciadores concluyen que no se configura la ilegalidad pretendida por el reclamante, toda vez que los proyectos inmobiliarios que se emplazan en una zona saturada o latente se encuentran comprendidos en el artículo 10 de la Ley N° 19.300 en relación con el artículo 3° letra h) del artículo 3° del Reglamento del SEIA.

Estos sentenciadores concluyen que no se configura la ilegalidad pretendida por el reclamante, toda vez que los proyectos inmobiliarios que se emplazan en una zona saturada o latente se encuentran comprendidos en el artículo 10 de la Ley N° 19.300 en relación con el artículo 3° letra h) del artículo 3° del Reglamento del SEIA . . .
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