Reclamación rechazada.
Segundo Tribunal Ambiental confirmó declaración del Santuario de la Naturaleza Río Cochiguaz en la región de Coquimbo
El fallo concluyó que la autoridad actuó conforme a derecho, basándose en informes técnicos elaborados por equipos multidisciplinarios y considerando adecuadamente aspectos ecológicos, sociales, económicos y de sustentabilidad.

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamación que pretendía anular la declaratoria del Santuario de la Naturaleza Río Cochiguaz en la región de Coquimbo realizada por el Ministerio del Medio Ambiente, determinando que dicha autoridad fundamentó debidamente su decisión y desarrolló un procedimiento conforme a la legislación vigente.
La sentencia desechó cada una de las alegaciones presentadas por los reclamantes, propietarios de un predio que fue incluido dentro del santuario, que acudieron al Tribunal Ambiental luego que el Ministerio rechazó la solicitud de invalidación administrativa que habían presentado en contra del Decreto Supremo Nº 55, del año 2021, que declaró dicho sitio de la naturaleza.
Al desestimar aquellos argumentos asociados a una falta de motivación de la resolución, el Tribunal indicó que “el acto reclamado contiene una exposición clara y completa de sus fundamentos jurídicos y técnicos, dando cuenta de las razones que sustentan el rechazo de la solicitud de invalidación del DS Nº 55/2021 y un análisis que resulta consistente y comprobable con los antecedentes fácticos que dieron lugar a la declaración del SN Río Cochiguaz”.
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