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Actualidad Internacional

Derecho marcario

TGUE confirma rechazo de inscripción del signo “I love” como marca para prendas de vestir en la Unión Europea

Confirmó la decisión de la EUIPO de denegar el registro como marca de un signo compuesto por la letra «I» y un corazón rojo, destinado a prendas de vestir. La resolución establece que dicho signo no presenta el carácter distintivo necesario para ser protegido como marca de la Unión. El fallo sienta un precedente en materia de marcas figurativas y su aplicación en el sector textil.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·19 de julio de 2025·2 min de lectura
imagen: presumede
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El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) rechazó los recursos interpuestos las contra resoluciones de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), mediante las cuales denegó el registro de tres signos como marcas de posición para prendas de vestir, confirmando íntegramente esta decisión.

Los signos consistían en una letra «I» mayúscula acompañada de un corazón rojo, dispuestos en ubicaciones específicas de prendas tales como camisetas y sudaderas. Las solicitudes incluían posiciones como la parte izquierda del pecho, la etiqueta interior y el exterior de la prenda a la altura de la nuca. Las líneas punteadas empleadas en los gráficos presentados solo representaban el contorno de las prendas y no formaban parte del signo.

La EUIPO rechazó dichas solicitudes por considerar que los signos carecían de carácter distintivo inherente, incluso tomando en cuenta su posición específica, y que no cumplían con la función esencial de la marca, esto es, permitir la identificación del origen comercial del producto.

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