Actualidad Internacional
Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Principio non bis in idem, que prescribe que nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo ilícito, tiene aplicación en procedimientos administrativos por prácticas comerciales desleales, al tenor del derecho de la UE.
Aunque calificada de sanción administrativa por la normativa nacional, una multa pecuniaria impuesta a una compañía por la autoridad nacional competente en materia de protección de los consumidores para sancionar prácticas comerciales desleales constituye una sanción penal cuando persigue una finalidad represiva y presenta un nivel de gravedad elevado.

Aunque calificada de sanción administrativa por la normativa nacional, una multa pecuniaria impuesta a una compañía por la autoridad nacional competente en materia de protección de los consumidores para sancionar prácticas comerciales desleales constituye una sanción penal cuando persigue una finalidad represiva y presenta un nivel de gravedad elevado . . .
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