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Opinión.
«Los límites a la libertad de expresión de los abogados», por Andrés Garvi Carvajal.
La justicia ampara la singular protección de este principio. La Ley del Derecho de Defensa pretende consolidar esta garantía.

En una reciente publicación de cincodias.elpais.comse da a conocer el artículo «»Los límites a la libertad de expresión de los abogados», por Andrés Garvi Carvajal, redactor jefe Consejo General Abogacía Española y abogado ejerciente en ICAM.
Mientras que el Gobierno tiene en su agenda de reformas normativas la mejora de la protección de la libertad de expresión, los máximos tribunales españoles y de la Unión Europea (UE) ya han reforzado esta garantía de los abogados ante los jueces. Manifestaciones agresivas, declaraciones insidiosas, expresiones malintencionadas, excesos verbales…, todas estas afirmaciones pueden valer si se realizan por letrados en su ejercicio profesional ante un tribunal.
Los abogados cuentan con “una singular protección de su libertad de expresión”, que es especialmente inmune a restricciones. Con esta afirmación, el Tribunal Constitucional (TC) anuló la condena a un letrado por injurias a un fiscal y reconoció una amplia libertad de expresión de los abogados en sus relaciones con los tribunales y con las partes procesales.
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