Actualidad Internacional
Conducta punible.
Llamar y enviar mensajes insistentemente vía WhatsApp al abogado patrocinante para expresar molestia con su actuación, configura un delito de coacciones, resuelve un tribunal español.
La violencia exigida en el delito de coacciones no es solo la física, sino también la vis compulsiva dirigida a compeler al destinatario de la misma a atenderle imperativamente a requerimiento o demanda en contra de su voluntad. En este caso, a la vista de la reiteración en el mismo día de las llamadas, se excede lo que pudiera considerarse ordinario en la relación profesional abogado-cliente.

La violencia exigida en el delito de coacciones no es solo la física, sino también la vis compulsiva dirigida a compeler al destinatario de la misma a atenderle imperativamente a requerimiento o demanda en contra de su voluntad. En este caso, a la vista de la reiteración en el mismo día de las llamadas, se excede lo que pudiera considerarse ordinario en la relación profesional abogado-cliente . . .
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