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¿Límites a la información pública? Se abre controversia en Argentina.

El Poder Ejecutivo reglamentó una serie de artículos de la Ley de Acceso a la Información Pública. Entre los cambios, se excluye la información del ámbito de la vida privada de los funcionarios públicos Tampoco las deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo preparatorios de la decisión estatal.

Por Elke von Loebenstein·09 de septiembre de 2024·3 min de lectura
Imagen: diariojudicial.com
Imagen referencial

En una reciente publicación del medio diariojudicial.com se da a conocer el artículo ¿Límites a la Información pública? Se abre controversia en Argentina.

El Gobierno Nacional reglamentó los artículos 1, 3, 4, 8, 24, 31 y 32 de la Ley de Acceso a la Información Pública (27.275). Lo hizo través del Decreto 780/2024, publicado en el Boletín Oficial.

«Que habiendo transcurrido siete años desde la entrada en vigencia de esa ley, se advierte la necesidad de realizar las adecuaciones correspondientes a la Reglamentación de acuerdo con la experiencia práctica de su implementación con el fin de facilitar el acceso a la información pública de los ciudadanos», añade en sus fundamentos el decreto.

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