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Actualidad Internacional

A propósito de la prórroga de estado de alarma por seis meses en España.

La limitación de las garantías constitucionales no se encuentra proscrita de manera general

Lo que mereció censura constitucional no fue la duración de la prórroga, por sí sola, sino el carácter no razonable o infundado de la decisión por la que se fijó tal plazo.

Por Gonzalo Perez Gonzales·05 de enero de 2022·1 min de lectura
Tribunal Constitucional español desestimó recurso de amparo electoral solicitado en favor de candidatos excluidos de las elecciones de la Asamblea de Madrid.
Imagen referencial

Lo que mereció censura constitucional no fue la duración de la prórroga, por sí sola, sino el carácter no razonable o infundado de la decisión por la que se fijó tal plazo . . .

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