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Opinión.

«Hermann Heller, Hans Kelsen y Carl Schmitt», por Ramón Escovar.

A diferencia de Kelsen, Schmitt estima que el mundo de lo jurídico va más allá de la norma jurídica. El Derecho no surge exclusivamente de la norma jurídica sino, más bien, de la decisión y de la autoridad (auctoritas facit legem).

Por Elke von Loebenstein·17 de febrero de 2021·7 min de lectura
«Hermann Heller, Hans Kelsen y Carl Schmitt», por Ramón Escovar.
Imagen referencial

En una reciente publicación del medio venezolano El Nacional se da a conocer el artículo «Hermann Heller, Hans Kelsen y Carl Schmitt», de Ramón Escovar.

El autor señala que la discusión sobre la norma jurídica, la interpretación constitucional y la noción de democracia encuentra material relevante en los aportes de Herman Heller, Carl Schmitt y Hans Kelsen. A partir de estos pensadores surgen distintas maneras de interpretar la Constitución y entender la teoría del Estado.

Hay un aporte sobre esta materia en la discusión de estos tres pensadores citados sobre la sentencia del Tribunal Estatal de Leipzig del 25 de octubre de 1932, recogido en la obra de Leticia Vita (Prusia contra el Reich ante el Tribunal Estatal. La sentencia que enfrentó a Hermann Heller, Carl Schmitt y Hans Kelsen en Weimar (Bogotá, Universidad Externado de Colombia, Edición Kindle). El fallo se centra en la discusión sobre si era posible que el Reich interviniera en Prusia (Estado Federal) a través de un decreto para imponer a este el cumplimiento de una serie de obligaciones. Estos juristas defendieron la noción que tenían sobre los principios constitucionales y sobre la democracia, como lo veremos más adelante.

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