Actualidad Internacional
"Se ha vulnerado su derecho a un proceso sin dilaciones indebidas".
Tribunal Constitucional español afirma que la carga de trabajo de los jueces no es «causa suficiente» para justificar juicios tardíos.
Ve vulnerado el derecho a un proceso sin dilaciones a una mujer que tendrá que esperar tres años y medio para un juicio.

El Tribunal Constitucional (TC) ha concluido que la carga de trabajo de los jueces no es «causa suficiente» para justificar los juicios tardíos y ha concedido el amparo a una mujer a la que en mayo 2022 le fijaron un juicio para octubre de 2025 en un juzgado de lo social en Sevilla por una demanda en materia de prestaciones de la Seguridad Social. Los magistrados consideran que «se ha vulnerado su derecho a un proceso sin dilaciones indebidas».
«Con independencia de la complejidad de la cuestión objeto de la demanda (…) se aprecia que la demora de más de tres años (…) es en exceso dilatada en el tiempo aun considerando los efectos derivados de los retrasos acumulados por la situación derivada de la pandemia de la covid-19», señala el tribunal en la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
La corte de garantías subraya que «los motivos estructurales aducidos por el órgano judicial para justificar esa dilación» –la permanente sobrecarga de trabajo y la carencia de medios personales y materiales necesarios para sacarla adelante en unos plazos razonables– «no pueden ser aceptados por este tribunal (…) como causa suficiente para neutralizar la lesión del derecho a un proceso sin dilaciones indebidas».
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