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Actualidad Internacional

Inmunidad diplomática

Corte de Casación de Francia anula orden de arresto contra expresidente de Siria Bashar Al-Assad

Invocó el principio de inmunidad personal de los jefes de Estado en ejercicio conforme al derecho internacional consuetudinario y la Convención de Viena. El fallo establece que esta inmunidad se mantiene vigente aun frente a acusaciones por crímenes de guerra o de lesa humanidad, salvo en instancias internacionales como la Corte Penal Internacional. Estimó que la inmunidad se evalúa en función del estatus de jefe de Estado en la fecha en que se emitió la orden de arresto, no en una fecha posterior.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·30 de julio de 2025·2 min de lectura
imagen: amazonaws
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La Corte de Casación (Francia) resolvió dejar sin efecto una orden de arresto dictada en 2023 contra el expresidente de Siria, Bashar Al-Assad. La decisión se basó en el reconocimiento de la inmunidad penal personal de los jefes de Estado en funciones, conforme al artículo 29 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 y la práctica general de no injerencia derivada del principio de igualdad soberana entre Estados.

La causa se originó a raíz de una investigación iniciada en jurisdicción francesa por los ataques químicos ocurridos en agosto de 2013 en las localidades de Guta Oriental y Occidental, en el contexto de la guerra civil en Siria. La orden de arresto había sido emitida el 14 de noviembre de 2023, en virtud del principio de jurisdicción universal respecto de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad. No obstante, la Fiscalía Nacional Antiterrorista solicitó su anulación, invocando la protección jurisdiccional prevista para los jefes de Estado extranjeros.

En junio de 2024, el Tribunal de Apelación de París confirmó la validez de la orden, resolviendo en sentido contrario a la Fiscalía. Sin embargo, tras un recurso adicional interpuesto por el fiscal general, la Corte de Casación concluyó que la inmunidad personal del jefe de Estado se mantiene plenamente vigente durante su mandato, sin distinción respecto a la naturaleza del delito imputado.

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