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Actualidad Internacional

Corte Constitucional de Ecuador.

Contiendas de competencia entre tribunales no pueden ser resueltas por vía constitucional cuando los mecanismos ordinarios aún no han sido agotados.

Cuando la determinación de la competencia de un órgano se torna controvertida y dudosa, y no se han afectado suficientemente derechos fundamentales, su elucidación corresponde a las instancias ordinarias y no a la jurisdicción constitucional.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·03 de septiembre de 2022·1 min de lectura
imagen: juiciocrudo.com
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Cuando la determinación de la competencia de un órgano se torna controvertida y dudosa, y no se han afectado suficientemente derechos fundamentales, su elucidación corresponde a las instancias ordinarias y no a la jurisdicción constitucional . . .

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