10°C · Nublado·Santiago·Sábado, 08 de agosto de 2026

Actualidad Internacional

Acto amparado por la libertad de expresión.

Canales de televisión no incurrieron en responsabilidad al dar cobertura periodística a una “FUNA” realizada en el domicilio de un cuidador de perros, resuelve un tribunal argentino.

Los medios periodísticos no se encuentran necesariamente obligados a efectuar averiguaciones respecto a la veracidad de los hechos que los manifestantes atribuyen a terceros, por cuanto su actividad se encuentra aquí circunscripta a dar cuenta de tal episodio. En efecto, imponer una exigencia de esa especie implicaría una seria cortapisa a la libertad de expresión y al derecho a informar y ser informado.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·29 de noviembre de 2023·1 min de lectura
imagen: 65ymas.com
Imagen referencial

Los medios periodísticos no se encuentran necesariamente obligados a efectuar averiguaciones respecto a la veracidad de los hechos que los manifestantes atribuyen a terceros, por cuanto su actividad se encuentra aquí circunscripta a dar cuenta de tal episodio. En efecto, imponer una exigencia de esa especie implicaría una seria cortapisa a la libertad de expresión y al derecho a informar y ser informado . . .

🔒 Contenido Premium

Te puede interesar

Newsletter

Lo esencial del derecho, cada mañana

Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.