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Corte Suprema de México.

Autoridad debe proporcionar a menor de edad que fue educado en casa un temario de estudio para incorporarse al sistema educativo, pues es un derecho protegido por su interés superior.

El derecho a la educación no puede quedar condicionado a la decisión de los adultos que se encargan del cuidado de los menores pues, incluso, en el caso de sus padres, las preferencias de éstos no pueden privar a sus hijos de un bien básico para su vida autónoma como es la educación, porque los hijos no son una extensión de los padres, sino personas potencialmente autónomas que tienen derechos fundamentales frente a todas las demás.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·16 de diciembre de 2022·1 min de lectura
imagen: midulcerefugio.files.wordpress.com
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El derecho a la educación no puede quedar condicionado a la decisión de los adultos que se encargan del cuidado de los menores pues, incluso, en el caso de sus padres, las preferencias de éstos no pueden privar a sus hijos de un bien básico para su vida autónoma como es la educación, porque los hijos no son una extensión de los padres, sino personas potencialmente autónomas que tienen derechos fundamentales frente a todas las demás . . .

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