Acción de Protección
Artículos 10 letras g) y p), y 11 letras c) y d) de la Ley 19.300.
Proyecto Edificio Live Reñaca no requería someterse al SEIA y elaborar un EIA a pesar de construirse en las cercanías del Campo Dunar de Concón, resuelve la Corte de Valparaíso.
La edificación no se encuentra tipificada dentro de las causales que obligan a ingresar al SEIA. Además, la recurrente no aportó prueba del impacto ambiental específico que provocaría en el Campo Dunar, por lo que no existe una vulneración al artículo 19 N°8 de la Constitución.

La edificación no se encuentra tipificada dentro de las causales que obligan a ingresar al SEIA. Además, la recurrente no aportó prueba del impacto ambiental específico que provocaría en el Campo Dunar, por lo que no existe una vulneración al artículo 19 N°8 de la Constitución . . .
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