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Acción de Protección

Fallo confirmado por Corte Suprema.

No se acreditó que vertedero municipal en Pucón afecte el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

El vertedero funciona dentro de la normativa que regula el ámbito de los rellenos sanitarios, siendo susceptible de ser fiscalizado y sancionado ante el incumplimiento de la normativa sanitaria y técnica. Sin perjuicio del rechazo de la acción cautelar, se ordenó la remisión de los antecedentes a la Superintendencia de Medio Ambiente.

Por Francisca Atenas·07 de marzo de 2025·4 min de lectura
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La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la Municipalidad de Pucón, por operar un vertedero sin autorización sanitaria y realizar obras de ampliación sin cumplir con la normativa ambiental.

El recurrente expuso que, como propietario de un predio vecino al vertedero, ha sufrido graves perjuicios, como la contaminación de su terreno con basura orgánica e inorgánica, lo que ha imposibilitado el uso agrícola, ganadero y turístico de la propiedad. Alegó que el vertedero no cumple con las medidas de protección exigidas por la ley, lo que afecta su derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y vulnera su derecho de propiedad. Solicitó el cierre definitivo del vertedero o, en subsidio, que se implementen medidas correctivas, como la construcción de una zona de protección, el cumplimiento de normas sanitarias y ambientales, la recuperación del suelo afectado y la realización de una auditoría externa sobre el daño ambiental causado.

El municipio instó por el rechazo de la acción, señalando que el sitio cuenta con una resolución sanitaria que autoriza su funcionamiento y desde 2008 ha recibido autorización por parte del servicio de salud para operar como relleno sanitario provisional mientras se tramita la Declaración de Impacto Ambiental. Explicó que los rellenos sanitarios, a diferencia de los vertederos, incluyen sistemas de impermeabilización, recolección de lixiviados y tratamiento de gases, minimizando los impactos ambientales, sanitarios y sociales. Además, detalló que el proyecto de Plan de Adecuación fue presentado a la Seremi de Salud en 2003 y nuevamente en 2020, y que se encuentra a la espera de la respuesta de la autoridad sanitaria. Sobre las obras de ampliación mencionadas, el municipio aclaró que no son para la disposición de residuos domiciliarios, sino para el acopio de residuos inertes, y que en el segundo semestre de 2024 se iniciará el trámite para un Estudio de Impacto Ambiental para la reconversión del sitio a un relleno sanitario. Finalmente, alegó que el recurso de protección no es el medio adecuado para tratar estos temas, y negó que se hayan afectado las garantías constitucionales del actor, reafirmando que siempre se han adoptado medidas para proteger la salud y el medio ambiente.

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