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Acción de Protección

Recurso de protección acogido por Corte de Antofagasta

ISAPRE debe equiparar las coberturas de salud mental con las de salud física conforme al plan de salud de la recurrente.

No procede restringir la cobertura de las prestaciones de salud mental, porque se encuentra prohibido desde la publicación de la Ley Nº21.331.

Por Carolina Paz Angulo Santana, Elke von Loebenstein·20 de abril de 2023·1 min de lectura
ISAPRE debe equiparar las coberturas de salud mental con las de salud física conforme al plan de salud de la recurrente.
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No procede restringir la cobertura de las prestaciones de salud mental, porque se encuentra prohibido desde la publicación de la Ley Nº21.331 . . .

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