Acción de Protección
Recurso de protección acogido por Corte de Antofagasta
ISAPRE debe equiparar las coberturas de salud mental con las de salud física conforme al plan de salud de la recurrente.
No procede restringir la cobertura de las prestaciones de salud mental, porque se encuentra prohibido desde la publicación de la Ley Nº21.331.

No procede restringir la cobertura de las prestaciones de salud mental, porque se encuentra prohibido desde la publicación de la Ley Nº21.331 . . .
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