Protección de la maternidad
SUSESO aclara: Viajes no invalidan licencias de pre y post natal
Superintendencia aclara normativa para proteger derechos maternales y del recién nacido. Se permite el desplazamiento durante licencias pre y post natal. No se rechazarán estas licencias por viajes dentro o fuera del país. La medida busca garantizar la protección de la maternidad y el bienestar del recién nacido. No aplica a licencias por enfermedad grave del menor de un año o patologías del embarazo.

La Superintendencia de Seguridad Social emitió una circular referente a la inaplicabilidad de la causal de incumplimiento de reposo respecto de licencias médicas de pre y post natal.
SUSESO ha estimado pertinente modificar el Compendio de Normas sobre Licencias Médicas, Subsidios por Incapacidad Laboral y Seguro SANNA, impartiendo instrucciones en cuanto a la aplicación de la sanción contenida en la letra a) del artículo 55 del D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud, respecto de las licencias médicas de pre y post natal.
Señala que, conforme al precepto señalado, corresponderá el rechazo o invalidación de la licencia médica ya concedida, en su caso, sin perjuicio de la denuncia de los hechos a la Justicia Ordinaria si procediere, cuando el trabajador incurra en incumplimiento del reposo indicado en la licencia; no se considerará incumplimiento la asistencia del trabajador a tratamientos ambulatorios prescritos por el profesional que extendió la licencia, situación que deberá ser comprobada.
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