Reclamo de ilegalidad contra el CPLT, rechazado.
Información relativa a los fundadores de una comunidad indígena está sujeta a reserva y de entregarse se vulneraría el derecho a la vida privada de los involucrados.
El artículo 2° letras f) y g) de la Ley N° 19.628, establece como datos personales y sensibles -y por ende forman parte de la esfera privada de la persona- aquellos que digan relación con el origen racial de las personas.

El artículo 2° letras f) y g) de la Ley N° 19.628, establece como datos personales y sensibles -y por ende forman parte de la esfera privada de la persona- aquellos que digan relación con el origen racial de las personas . . .
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