Recurso de unificación acogido.
Sanción de nulidad del despido prevista en el artículo 162 del Código del Trabajo es aplicable a la empresa principal.
Queda obligada al pago total de la deuda en los mismos términos que el deudor principal.

Queda obligada al pago total de la deuda en los mismos términos que el deudor principal . . .
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