CS revocó sentencia apelada.
Multa aplicada por Inspección Provincial del Trabajo motivada por interpretación respecto de traslado de trabajadora que gozaba de fuero maternal, por cierre de local, entendiendo que era una alteración del lugar de prestación de servicios, es ilegal.
La Inspección recurrida desbordó los márgenes de las facultades que le han sido conferida y se ha constituido en una comisión especial.

La Inspección recurrida desbordó los márgenes de las facultades que le han sido conferida y se ha constituido en una comisión especial . . .
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