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Diario Constitucional

Determinación de funciones

Dirección del Trabajo objeta cláusulas contractuales por falta de certeza y modificación unilateral de funciones

El organismo advirtió que el uso de términos genéricos y la facultad unilateral del empleador para modificar funciones vulneran el principio de certeza legal en contratos laborales. Además, dispuso una fiscalización para investigar eventuales incumplimientos y la aplicación de la normativa sobre teletrabajo.

Por Redacción·03 de agosto de 2025·1 min de lectura
ovejeronoticias.cl
Referencial

La Dirección del Trabajo emitió el Dictamen N° E122067 de 2024, que analiza la legalidad de las cláusulas contenidas en contratos de trabajo para los cargos de “Ejecutivo Comercial” y “Captador”, señalando que las disposiciones referidas a sus funciones no cumplen con los requisitos legales en cuanto a certeza y determinación de las labores a desempeñar.

En ese sentido, el dictamen indica que la utilización de expresiones genéricas como “entre otras” y la facultad otorgada al empleador para modificar sin limitación los productos a comercializar vulneran el principio de certeza exigido por el artículo 10 N°3 del Código del Trabajo. Esto, pues dichas cláusulas permiten que el empleador defina unilateralmente las funciones del trabajador, lo que no se ajusta al marco jurídico vigente.

Además, respecto de la posible existencia de suministro ilegal de trabajadores para terceros, el dictamen señala que no es posible emitir un pronunciamiento definitivo con la información disponible, por lo que remite los antecedentes para la fiscalización correspondiente y la verificación en terreno del cumplimiento de la Ley N° 21.645 sobre teletrabajo.

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