"El entero de los aportes que deben pagar los trabajadores para los efectos previsionales, corresponde a una carga que le compete al empleador".
CS acogió recurso de unificación de jurisprudencia y ordenó enterar pago de cotizaciones previsionales de funcionarias despedidas injustificadamente de la Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social de la Región de Atacama.
El máximo Tribunal estableció que se incurrió en un error al no considerar el pago de las cotizaciones previsionales en la sentencia que acogió la demanda.

El máximo Tribunal estableció que se incurrió en un error al no considerar el pago de las cotizaciones previsionales en la sentencia que acogió la demanda . . .
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