Fallo unánime.
CS acogió impugnación relativa a la sanción de nulidad del despido cuando la relación laboral entre particulares es declarada judicialmente.
La sentencia que reconoce la existencia de una relación laboral es de carácter declarativa y no constitutiva.

La sentencia que reconoce la existencia de una relación laboral es de carácter declarativa y no constitutiva . . .
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