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Diario Constitucional

Subcontratación.

CS acoge recursos de unificación de jurisprudencia deducidos en contra de la sentencia que desestimó la calidad de empresa principal del Gobierno Regional de Arica y Parinacota.

En el contexto de la subcontratación también es empresa principal aquella que tiene algún grado relevante de poder de dirección sobre la contratista.

Por Redacción·06 de diciembre de 2020·1 min de lectura
CS declaró ilegal considerar los meses en que la relación laboral estuvo suspendida para el cálculo del subsidio maternal.
Referencial

En el contexto de la subcontratación también es empresa principal aquella que tiene algún grado relevante de poder de dirección sobre la contratista . . .

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