Nulidad del despido.
CS acoge recurso de unificación de jurisprudencia y declara que la sanción del artículo 162 del Código del Trabajo se extiende a la empresa principal.
En virtud de lo señalado en los artículos 183 b) y c) del mismo cuerpo legal, en cuanto se cumplan los presupuestos fácticos exigidos por la norma.

En virtud de lo señalado en los artículos 183 b) y c) del mismo cuerpo legal, en cuanto se cumplan los presupuestos fácticos exigidos por la norma . . .
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