Judicial
Unificación inadmisible
Suprema descarta unificar requisitos formales del recurso de nulidad
El máximo tribunal resolvió que la forma de interponer conjuntamente distintas causales de nulidad no constituye una materia jurídica habilitante para unificar jurisprudencia, sino una cuestión vinculada con la admisibilidad del propio recurso.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el recurso de nulidad deducido contra el fallo que acogió parcialmente una demanda de declaración de relación laboral y despido injustificado. El máximo tribunal concluyó que la materia propuesta no correspondía a una cuestión jurídica susceptible de ser unificada, sino al alcance de un requisito de admisibilidad del recurso de nulidad.
La Corte recordó que el recurso de unificación de jurisprudencia procede contra la sentencia que resuelve un recurso de nulidad cuando, respecto de la materia de derecho objeto del juicio, existen interpretaciones diferentes contenidas en uno o más fallos firmes de los tribunales superiores de justicia, según establece el artículo 483 del Código del Trabajo.
Asimismo, explicó que el artículo 483-A exige verificar que el arbitrio haya sido presentado oportunamente, que contenga fundamentos suficientes y que exponga de manera precisa y circunstanciada las distintas interpretaciones sostenidas respecto de la materia jurídica discutida. Además, la parte recurrente debe acompañar copia de las sentencias invocadas como sustento del recurso.
En este caso, la demandante propuso unificar la interpretación del inciso final del artículo 478 del Código del Trabajo, en relación con la forma en que deben interponerse distintas causales de nulidad.
En particular, pidió determinar si la fórmula consistente en señalar que las causales se deducen de manera “conjunta, pero en forma autónoma o simplemente simultánea” constituye una deficiencia formal que hace inviable el recurso de nulidad.
La Corte Suprema concluyó que el tema planteado no constituía una materia de derecho habilitante para la procedencia del recurso de unificación de jurisprudencia.
Según razonó, la controversia propuesta no se refería a interpretaciones jurídicas distintas sobre la materia sustantiva debatida en el juicio, sino al alcance de un requisito de admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto contra la sentencia.
Por esa razón, estimó que el arbitrio no cumplía los presupuestos exigidos por la legislación laboral y lo declaró inadmisible en esta etapa procesal.



