12°C · Despejado·Santiago·Viernes, 31 de julio de 2026

Judicial

Incumplimiento contrato de compraventa

Suprema deja firme condena contra empresa salmonera por más de $38 millones

La Corte Suprema declaró inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo presentados por la empresa demandada, manteniendo vigente la sentencia que acogió parcialmente la demanda. por cumplimiento forzado de contrato e indemnización de perjuicios.

Por Elke von Loebenstein·19 de junio de 2026
Imagen: ChatGPT/Elke
Imagen referencial

La Corte Suprema declaró inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por una empresa salmonera en contra de la sentencia que la condenó a pagar más de $38 millones a la demandante en un juicio de cumplimiento forzado de contrato e indemnización de perjuicios, manteniendo así firme el fallo que acogió parcialmente la demanda deducida por esta la actora.

La controversia se originó en una causa seguida ante el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt por incumplimiento contractual e indemnización de perjuicios. La sentencia de primera instancia acogió parcialmente la acción y ordenó a la demandada pagar a la actora más de $38 millones, más intereses. Posteriormente, la Corte de Apelaciones de esa ciudad rechazó un recurso de casación en la forma y confirmó el fallo de primer grado, decisión que motivó la interposición de nuevos recursos ante la Corte Suprema.

Respecto del recurso de casación en la forma, la demandada sostuvo que la sentencia había incurrido en el vicio contemplado en el artículo 768 N°5 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 170 N°4 del mismo cuerpo legal. Argumentó que el fallo omitió analizar la prueba rendida para acreditar el incumplimiento de la demandante, particularmente documentación y correos electrónicos que, a su juicio, demostraban la existencia de una condición suspensiva para el pago del saldo de una factura asociada a la venta de una máquina calibradora. La empresa solicitó que se invalidara la sentencia y se rechazara íntegramente la demanda.

Sin embargo, la Corte Suprema observó que la recurrente fundó este arbitrio en la misma causal que ya había sido invocada ante la Corte de Apelaciones en contra del fallo de primer grado. El máximo tribunal recordó que, conforme al artículo 63 N°1 letra a) del Código Orgánico de Tribunales, las Cortes de Apelaciones conocen en única instancia de los recursos de casación en la forma deducidos contra sentencias de jueces de letras, por lo que la resolución que los falla no puede ser revisada por otro tribunal superior. En consecuencia, declaró inadmisible el recurso de nulidad formal.

En cuanto al recurso de casación en el fondo, la demandada denunció infracción de numerosas disposiciones del Código Civil y del Código de Procedimiento Civil. Sostuvo que los jueces habían considerado cumplida la obligación de la vendedora únicamente por el despacho material de las máquinas calibradora y porcionadora, pese a que estas no reunían las características ofrecidas para el uso al que estaban destinadas. Asimismo, alegó que se desconoció una condición suspensiva acordada mediante correos electrónicos, conforme a la cual el pago del 30% del saldo de precio de la máquina calibradora solo sería exigible una vez realizada una capacitación vinculada a la máquina porcionadora.

No obstante, al examinar el recurso, la Corte Suprema advirtió una contradicción insalvable entre sus fundamentos y su petitorio. Explicó que toda la argumentación desarrollada por la recurrente apuntaba a sostener que la demandante incumplió sus obligaciones contractuales y que, por tanto, la acción de cumplimiento forzado era improcedente. Sin embargo, en su solicitud final pidió que se acogiera el recurso y se dictara una sentencia de reemplazo que “acogiera la demanda en todas sus partes”, petición que resultaba incompatible con los argumentos expuestos.

Para el máximo tribunal, esta contradicción privó al recurso de la coherencia mínima exigida para un arbitrio de derecho estricto como la casación en el fondo, tornándolo ininteligible e impidiendo que la Corte pudiera pronunciarse en los términos solicitados. Por ello, también declaró inadmisible este recurso.

La decisión fue adoptada con el voto en contra de las ministras María Angélica Repetto y Mireya López respecto de la inadmisibilidad del recurso de casación en la forma. Las magistradas estimaron que no existía impedimento procesal para revisar la causal invocada, ya que la impugnación estaba dirigida contra la sentencia definitiva pronunciada por la Corte de Apelaciones al resolver la apelación, y no contra la resolución que rechazó el recurso de casación formal deducido respecto del fallo de primer grado. A su juicio, en este caso no se configuraba una situación de “casación sobre casación” y, por lo mismo, correspondía entrar al análisis del recurso.

De esta manera, la Corte Suprema declaró inadmisibles ambos recursos deducidos quedando firme la sentencia que acogió parcialmente la demanda y ordenó el pago a la actora de una suma superior a $38 millones, más intereses.

Vea sentencia Corte Suprema Rol Nº22.899-2026, Corte de Puerto Montt Rol Nº873-2025 y del Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt Rol C-3488-2020.

Te puede interesar