Judicial
Causa de Derechos Humanos
Querella por prevaricación contra Ministro de Corte de Temuco Alvaro Mesa se declara inadmisible
No se percibe que argumentos que fundan el libelo hayan vulnerado deberes esenciales del juez. Más bien se advierte que la querellante disiente de los argumentos por él vertidos para condenar a sus representados, lo que traslada la controversia a una cuestión de discrepancia interpretativa en la forma de reconstruir los hechos y subsumir los mismos a la ley aplicable, cuestiones ajenas a la figura penal materia de la querella.

El Magistrado Federico Gutiérrez del Juzgado de Garantía de Temuco, declaró inadmisible la querella interpuesta por la abogada Carla Fernández, en representación de Raimundo Ignacio García Covarrubias, Pablo Domingo Gran López y Pedro Guillermo Manuel Tichauer Salcedo, en contra del Ministro en Vista Extraordinario Alvaro Mesa Latorre integrante de la Corte de Apelaciones de Temuco que sustancia causas de derechos humanos y en contra de todas aquellas personas que resulten responsables por el cuasidelito de prevaricación, contemplado en el numeral primero del artículo 224 del Código Penal.
Cabe señalar que por resolución de fecha 30 de junio pasado el Magistrado había declarado admisible la querella interpuesta, no obstante, revirtió su decisión y resolvió su inadmisibilidad por resolución de fecha 1 de julio.
Cita al tratadista Sebastián Soler que define prevaricación como el “atentado contra la administración de justicia cometido por los jueces o los abogados con violación de sus deberes esenciales”. (Derecho Penal Argentino. Tomo V. Sebastián Soler).
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