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Judicial

Ilícitos que habría perpetrado entre 2016 y 2021.

Juzgado de Garantía de Santiago decreta el arresto domiciliario total de exalcaldesa de Maipú Cathy Barriga imputada por fraude al Fisco.

En la audiencia de formalización el magistrado onsideró que las cautelares impuestas resultan adecuadas y proporcionales, por ahora, para asegurar la comparecencia de la imputada al procedimiento. Además, fijó en 120 días el plazo de investigación.

Por Elke von Loebenstein·18 de enero de 2024·3 min de lectura
Imagen: ex-ante.cl/
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El Noveno Juzgado de Garantía de Santiago dejó hoy sujeta a las medidas cautelares de arresto domiciliario total, arraigo nacional y la prohibición de comunicación con testigos, peritos y coimputados, a la ex alcaldesa de Maipú Cathy Carolina Barriga Guerra, imputada por el Ministerio Público como autora de los delitos de fraude al Fisco y falsificación de instrumento público. Ilícitos que habría perpetrado entre 2016 y 2021. (Rol Nº9.218–2021),

Al desestimar la pretensión de la Fiscalía y la querellante Consejo de Defensa del Estado de imponer a la otrora alcaldesa la prisión preventiva, el juez Salgado Morales sostuvo que: “No basta con que sea un delito grave o que sean varios delitos; no hay que olvidar el carácter cautelar que tienen. ¿Hay peligro para la seguridad de la sociedad?, ¿o qué cometa nuevos delitos? No creo que esto se pueda presumir solo porque esté siendo formalizada por estos fraudes. Considero que por peligro para la seguridad de la sociedad no corresponde una prisión preventiva, porque solamente tendríamos estos criterios orientadores, que es la gravedad del delito y el número de los mismos (…), la imputada no tiene antecedentes penales ni se han señalado antecedentes que puedan resultar serios para pensar que va cometer delitos estando en libertad”.

Agregó que “respecto a que pueda entorpecer la investigación o impedir que testigos puedan concurrir a una audiencia de juicio (…), lo cierto es que antecedentes serios, de alguna amenaza que pueda realmente llevarse a cabo no veo”.

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