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Judicial

Reclamación acogida

Corte de Santiago anula orden del CPLT de entrega de estudios preclínicos y clínicos para registro de tres medicamentos

Anuló la resolución del Consejo para la Transparencia que ordenó al Instituto de Salud Pública entregar estudios preclínicos y clínicos de una farmacéutica, al determinar que dicha información constituye un secreto comercial protegido por la Ley de Transparencia y la Ley de Propiedad Industrial, cuya divulgación podría afectar la competitividad de la empresa

Por Francisca Atenas·12 de julio de 2025·2 min de lectura
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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el reclamo de ilegalidad interpuesto por una compañía farmacéutica en contra de la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia (CPLT), que ordenó al Instituto de Salud Pública de Chile (ISP) entregar copia de estudios preclínicos y clínicos presentados por la empresa para el registro sanitario de tres productos farmacéuticos.

La solicitud original se presentó el 8 de octubre de 2024 ante el ISP, requiriendo copia de todos los estudios preclínicos y clínicos presentados por la compañía para el registro de tres productos específicos: TANVALS S 24/26, TANVALS S 49/51 y TANVALS S 97/103 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS.

La reclamante sostuvo que dicha orden vulnera las causales de secreto y reserva establecidas en la Ley de Transparencia, así como disposiciones de la Ley de Propiedad Industrial. Señaló que la información solicitada constituye un secreto comercial al no ser generalmente conocida ni fácilmente accesible y poseer un valor comercial significativo, ya que otorga a su poseedor una ventaja competitiva. Solicitó que se anule la decisión del CPLT y que se declare que la información es secreta y reservada conforme a la normativa vigente.

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