Judicial
Responsabilidad en choque
Corte condena a conductora que ingresó sin preferencia y ordena indemnizar a motociclista accidentado
El tribunal de alzada revocó el fallo que había responsabilizado al motociclista involucrado en un accidente de tránsito ocurrido en avenida Vicuña Mackenna y, en cambio, condenó a la conductora de una camioneta que cruzó sin derecho preferente de paso. La sentencia ordenó el pago solidario de indemnizaciones por reparación del vehículo, gastos médicos y desvalorización comercial de la motocicleta.

La Corte de Apelaciones de Santiago revocó parcialmente la sentencia dictada por el Juzgado de Policía Local de Macul, que había condenado al conductor de una motocicleta por infracción a la Ley de Tránsito y rechazado la acción dirigida en contra de la conductora de una camioneta involucrada en un accidente de tránsito. En su lugar, el tribunal de alzada acogió la querella infraccional deducida contra la conductora del vehículo mayor y la condenó al pago de una multa de 1,5 UTM por infringir los artículos 108 y 141 de la Ley N°18.290. Asimismo, acogió parcialmente la demanda civil de indemnización de perjuicios, condenando solidariamente a la conductora y al propietario del vehículo al pago de diversas sumas por daño emergente y desvalorización comercial.
En primera instancia, el tribunal había condenado al motociclista demandante al pago de una multa de tres UTM por infracción a los artículos 108 y 104 de la Ley de Tránsito, absolviendo a la conductora demandada de responsabilidad infraccional y rechazando la demanda civil deducida en su contra. Contra dicha decisión, la parte demandante interpuso recurso de apelación solicitando que se estableciera la responsabilidad de la conductora de la camioneta y se acogiera la acción indemnizatoria.
Al analizar el caso, la Corte estableció que el accidente ocurrió el 14 de octubre de 2021, alrededor de las 8:45 horas, mientras el motociclista circulaba por avenida Vicuña Mackenna en dirección al norte. En ese contexto, la camioneta conducida por la demandada salió intempestivamente desde un pasaje lateral con la intención de incorporarse a una pista de retorno, cruzando la avenida sin respetar la preferencia de paso del vehículo que circulaba reglamentariamente.
El tribunal de alzada concluyó que la conductora de la camioneta no se mantuvo atenta a las condiciones del tránsito y se incorporó a la circulación careciendo de derecho preferente de paso, configurándose así las infracciones previstas en los artículos 108 y 141 de la Ley N°18.290. En ese sentido, el fallo señaló que “no estaba atenta a las condiciones del tránsito (…) y careciendo de preferencia alguna se incorporó a la circulación”.
Asimismo, la Corte estimó acreditada la relación causal entre la conducta infraccional y los daños ocasionados por la colisión, considerando especialmente los croquis del lugar del accidente, las declaraciones efectuadas ante Carabineros y la prueba documental acompañada en autos.
En cuanto a la indemnización de perjuicios, el tribunal acogió parcialmente la demanda civil. Así, reguló en $4.000.000 el daño emergente correspondiente a la reparación de la motocicleta y en $246.696 los gastos médicos acreditados. Del mismo modo, reconoció una indemnización de $500.000 por concepto de desvalorización comercial del vehículo, atendido que el solo hecho de haber participado en un accidente disminuye su valor de mercado.
Sin embargo, la Corte rechazó las indemnizaciones reclamadas por daños al casco reglamentario y al topcase, al no acreditarse suficientemente que dichos elementos hubiesen resultado dañados en el accidente. Asimismo, desestimó el daño moral solicitado, al no haberse rendido prueba suficiente que acreditara una afectación psicológica indemnizable.
Por otra parte, el fallo recordó que, conforme al artículo 169 de la Ley de Tránsito, el conductor y el propietario del vehículo son solidariamente responsables de los daños ocasionados con su uso, motivo por el cual condenó también al propietario de la camioneta al pago de las sumas indemnizatorias decretadas.
Por estas consideraciones, la Corte revocó parcialmente la sentencia apelada, acogió la querella infraccional deducida contra la conductora demandada y condenó solidariamente a los demandados al pago de indemnizaciones por daño emergente, gastos médicos y desvalorización comercial, rechazando en lo demás la demanda civil.
Vea sentencia Corte de Santiago Rol N°2253-2023 (Policía Local).



