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Tratado de Alta Mar

Unión Europea ratifica tratado internacional que busca proteger los océanos

El Acuerdo BBNJ, también conocido como Tratado de Alta Mar, regula cuatro ámbitos principales: (1) el acceso y la utilización de los recursos genéticos marinos; (2) el establecimiento de herramientas de gestión basadas en áreas, incluidas áreas marinas protegidas; (3) la realización de evaluaciones de impacto ambiental para actividades con posible efecto adverso significativo en el medio marino; y (4) el fortalecimiento de la cooperación en materia de transferencia de tecnología marina y creación de capacidades.

Por Redacción·04 de junio de 2025·2 min de lectura
imagen: udec
Referencial

La Unión Europea formalizó la ratificación del Acuerdo sobre la Conservación y el Uso Sostenible de la Biodiversidad Marina de las Zonas situadas fuera de la Jurisdicción Nacional (BBNJ, por sus siglas en inglés), adoptado en el marco de las Naciones Unidas. Con esta decisión, el bloque comunitario se adhiere formalmente a un acuerdo internacional que busca reforzar la protección del medio marino, enfrentar la degradación ambiental, mitigar los efectos del cambio climático y preservar la biodiversidad en áreas situadas fuera de la jurisdicción nacional.

A la fecha, 29 Estados miembros han ratificado el instrumento, entre ellos Chipre, Finlandia, Hungría, Letonia, Portugal y Eslovenia, lo que convierte a la UE en el grupo regional con la mayor ratificación conjunta del tratado. Además, la Unión ha comprometido una contribución financiera de 40 millones de euros, destinada al Programa de Acción Mundial, con el objetivo de apoyar la adhesión de países de África, el Caribe y el Pacífico, en el marco de un enfoque de gobernanza oceánica inclusiva y cooperativa.

El Acuerdo BBNJ, también conocido como Tratado de Alta Mar, regula cuatro ámbitos principales: (1) el acceso y la utilización de los recursos genéticos marinos; (2) el establecimiento de herramientas de gestión basadas en áreas, incluidas áreas marinas protegidas; (3) la realización de evaluaciones de impacto ambiental para actividades con posible efecto adverso significativo en el medio marino; y (4) el fortalecimiento de la cooperación en materia de transferencia de tecnología marina y creación de capacidades.

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