Pase sanitario.
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía rechaza ratificar judicialmente pase de movilidad para acceder a establecimientos de ocio.
El pase de movilidad no es idóneo ni necesaria para implementar una medida que restringe el derecho a la intimidad y a la no discriminación.

El pase de movilidad no es idóneo ni necesaria para implementar una medida que restringe el derecho a la intimidad y a la no discriminación . . .


