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Diario Constitucional

España.

Entidad de seguridad social debe restablecer la ayuda entregada a una trabajadora por cuidar a su hijo gravemente enfermo. La nulidad de su despido amerita retrotraer la situación al estado anterior.

Si el despido nulo tiene como consecuencia restaurar la relación extinguida con obligación de readmisión y abono de los salarios dejados de percibir, no vemos óbice alguno para que no se le abone la prestación de la seguridad social, por cuanto en el presente caso ha habido acuerdo de transacción homologado judicialmente en virtud del cual la empresa reconoce que el despido era nulo y la readmite.

Por Redacción·03 de mayo de 2023·1 min de lectura
imagen: antena3.com
Referencial

Si el despido nulo tiene como consecuencia restaurar la relación extinguida con obligación de readmisión y abono de los salarios dejados de percibir, no vemos óbice alguno para que no se le abone la prestación de la seguridad social, por cuanto en el presente caso ha habido acuerdo de transacción homologado judicialmente en virtud del cual la empresa reconoce que el despido era nulo y la readmite . . .

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