PRESUNCIÓN DE MUERTE SIMULTÁNEA
Comurientes
Se requiere que no se sepa que conmuriente murió primero y que exista una relación sucesoria entre ellos

Ocurre cuando dos o más personas llamadas a sucederse recíprocamente o una a la otra, mueren en un mismo acontecimiento sin que se sepa que persona falleció primero, por ejemplo, un accidente automovilístico, la caída de un avión, etc.
En estos casos se entenderá que dichas personas fallecieron en un mismo momento, y ninguna de ellas hubiese sobrevivido a las otras. Si dos o más personas llamadas a suceder una a otra se hallan en estado de comurientes, ninguna de ellas sucederá en los bienes de las otras.
En derecho sucesorio es una ficción jurídica en virtud de la cual, en el caso de que dos personas llamadas a sucederse, sean o no familiares, hayan hayan sin poder demostrarse quién falleció antes, se presume que ambas murieron a la vez.
La conmoriencia no se da en todos los ordenamientos jurídicos, sino que es una opción que puede tomar el legislador.
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