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Diario Constitucional

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

Bases de la Institucionalidad

Las Bases de la Institucionalidad se encuentran en el Capítulo primero de la Carta Magna de 1980.

Por Redacción·31 de julio de 2026·1 min de lectura
Bases de la Institucionalidad
Referencial

Es el marco de carácter valórico y conceptual en donde se establecen los principios y valores básicos del ordenamiento jurídico chileno. Son principios que sirven de soporte o cimiento conforme al cual se organiza el Estado y la sociedad. Fija la estructura esencial que inspira el resto de la normativa constitucional, estableciendo entre otros tópicos, normas básicas en relación con las personas, con la forma del Estado y del Gobierno, se establecen los deberes del Estado, y se regula el ejercicio de la Soberanía Nacional.

Se encuentran reguladas en el Capítulo I de la Constitución.

Dentro de las bases de la institucionalidad encontramos los principios generales de dignidad, libertad e igualdad (art. 1, inc. 1°); la referencia a la familia y los grupos intermedios (art. 1, inc. 2° y 3°); el bien común como fin del Estado (art. 1°, inc. 4°); los deberes generales del Estado (art. 1°, inc. 5°); la forma de Estado (art. 3°); la cláusula de gobierno republicano y democrático (art. 4°); la soberanía del Estado y sus límites (art. 5°); las bases del Estado de Derecho (arts. 6° y 7°); y los principios de probidad y publicidad (art. 8°).

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