Contraloría General de la República
Ley 20.065.
Servicio Médico Legal no puede delegar a otras instituciones públicas o privadas las pericias relativas a delitos sexuales que le hayan sido encomendadas por los tribunales de justicia o la fiscalía, dictamina la Contraloría.
Si bien, el SML no es el único facultado para llevar a cabo atenciones y pericias en el marco de la comisión de delitos de carácter sexual, no procede que delegue en terceros la realización de aquellas que le han sido solicitadas por tales entidades.

Si bien, el SML no es el único facultado para llevar a cabo atenciones y pericias en el marco de la comisión de delitos de carácter sexual, no procede que delegue en terceros la realización de aquellas que le han sido solicitadas por tales entidades . . .
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