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Contraloría General de la República

Aguas subterráneas en Área de Desarrollo Indígena.

No es procedente la Consulta Indígena como trámite previo a la concesión de un permiso de exploración o derecho de explotación de aguas subterráneas al tratarse de procedimientos reglados, dictamina la Contraloría.

Sin embargo, recuerda que el MBN debe autorizar las concesiones emplazadas en territorios fiscales y que el dictamen N°25667N19 pronunció –en un caso similar- que es necesario efectuar una consulta indígena preliminar para resolver si se permite o no la ocupación de predios ubicados en Áreas de Desarrollo Indígena.

Por Mauricio Mejías Hermosilla·22 de septiembre de 2022·1 min de lectura
Proyecto de piscicultura en Alto Chesque no puede ejecutarse debido a la imposibilidad de mantener la pureza del río, resuelve la Corte Suprema.
Imagen referencial

Sin embargo, recuerda que el MBN debe autorizar las concesiones emplazadas en territorios fiscales y que el dictamen N°25667N19 pronunció –en un caso similar- que es necesario efectuar una consulta indígena preliminar para resolver si se permite o no la ocupación de predios ubicados en Áreas de Desarrollo Indígena . . .

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