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Asuntos de Interés Público

Artículo 249 Código del Trabajo.

Sindicatos son responsables de financiar el pago de remuneraciones a sus dirigentes cuando estos visitan o asisten a reuniones con autoridades públicas.

El tiempo que se mide para el cálculo respecto a estas citaciones, transcurre desde el traslado hasta la extensión total de la reunión con las autoridades administrativas.

Por Mauricio Mejías Hermosilla·23 de octubre de 2022·1 min de lectura
Imagen: www.eleconomista.com.mx
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El tiempo que se mide para el cálculo respecto a estas citaciones, transcurre desde el traslado hasta la extensión total de la reunión con las autoridades administrativas . . .

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