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Asuntos de Interés Público

Falta de legitimación activa.

Ser dueño de una pertenencia minera es un requisito indispensable para que prospere la solicitud de servidumbre, resuelve la Corte Suprema.

En medio del juicio la demandante enajenó la propiedad de la pertenencia a la cual solicitó servidumbre minera, por lo que carece de legitimación para realizar el pedimento según el artículo 120 del Código de Minería.

Por Felipe Godoy·12 de septiembre de 2022·1 min de lectura
La acción cautelar es improcedente para impugnar resoluciones judiciales.
Imagen referencial

En medio del juicio la demandante enajenó la propiedad de la pertenencia a la cual solicitó servidumbre minera, por lo que carece de legitimación para realizar el pedimento según el artículo 120 del Código de Minería . . .

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