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Asuntos de Interés Público

Recurso de casación en el fondo rechazado.

Predios indígenas no pueden ser enajenados a terceros salvo entre comunidades o personas indígenas de la misma etnia, resuelve la Corte Suprema.

El CBR de Castro se negó a inscribir una compraventa que recaía en un inmueble indígena, en atención al artículo 13 de la Ley N°19.253, que prohíbe la enajenación de un predio indígena a un tercero que no posea tal calidad, sancionando dicho acto con nulidad absoluta.

Por Felipe Godoy·06 de enero de 2023·1 min de lectura
No basta con impugnar genéricamente la valoración probatoria, sino que es necesario demostrar un vicio concreto que haya tenido un impacto sustancial en la decisión del tribunal.
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El CBR de Castro se negó a inscribir una compraventa que recaía en un inmueble indígena, en atención al artículo 13 de la Ley N°19.253, que prohíbe la enajenación de un predio indígena a un tercero que no posea tal calidad, sancionando dicho acto con nulidad absoluta . . .

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