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Asuntos de Interés Público

Recurso de nulidad rechazado.

Ley autoriza a la víctima a detener al autor de un delito flagrante con el fin de entregarlo a Carabineros para ponerlo a disposición de la justicia.

El acusado robó especies desde el interior del vehículo de la víctima, quien con la ayuda de testigos identificó y detuvo al hechor, reteniéndolo hasta la llegada de personal de Carabineros.

Por Felipe Godoy·05 de diciembre de 2024·3 min de lectura
Ley autoriza a la víctima a detener al autor de un delito flagrante con el fin de entregarlo a Carabineros para ponerlo a disposición de la justicia.
Imagen referencial

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó al imputado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito consumado de robo de cosas que se encuentran en bienes nacionales de uso público.

El 8 de agosto de 2022, a las 14,20 horas, el imputado quebró uno de los vidrios laterales del automóvil, que su propietario había dejado estacionado en un pasaje de la comuna de la Florida, desde donde sustrajo tres bolsas amarillas con productos de Mercado Libre que el afectado debía entregar a sus destinatarios, tras lo cual huyó con ellas hacia dicho pasaje y escondió los paquetes entre dos vehículos, siendo detenido por la víctima que recuperó las especies sustraídas y encontró en poder del acusado dos destornilladores; por lo que el acusado fue retenido hasta la llegada de Carabineros, quienes lo pusieron a disposición de la justicia.

En contra de la sentencia condenatoria, el acusado dedujo recurso de nulidad, sustentado en la causal contenida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso, consistente en una detención ciudadana fuera del marco legal.

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