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Asuntos de Interés Público

Principio de especialidad.

Deudas contraídas para financiar estudios superiores no pueden incluirse en el proceso de liquidación voluntaria de bienes.

La Ley N°20.027 trata al deudor estudiantil dentro de un grupo especial, estableciendo beneficios y facilidades de pago para los créditos de educación superior, los que no contemplan en la Ley N°20.720 que rige en forma general los procedimientos de liquidación concursal.

Por Felipe Godoy·26 de octubre de 2022·1 min de lectura
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La Ley N°20.027 trata al deudor estudiantil dentro de un grupo especial, estableciendo beneficios y facilidades de pago para los créditos de educación superior, los que no contemplan en la Ley N°20.720 que rige en forma general los procedimientos de liquidación concursal . . .

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