Asuntos de Interés Público
Principio de especialidad.
Crédito solidario otorgado por la Universidad Católica de Temuco debe ser excluido del procedimiento de liquidación concursal, resuelve Corte Suprema.
Ex alumno de dicho plantel incluyó la deuda de estudios dentro de la liquidación concursal de sus bienes, en circunstancias que el artículo 8 de la Ley N°20.720 excluye de este proceso a aquellos créditos regulados en leyes especiales.

Ex alumno de dicho plantel incluyó la deuda de estudios dentro de la liquidación concursal de sus bienes, en circunstancias que el artículo 8 de la Ley N°20.720 excluye de este proceso a aquellos créditos regulados en leyes especiales . . .
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