Asuntos de Interés Público
Recurso de nulidad rechazado.
Cambio de un testigo de la Fiscalía por otro diferente no vulnera el debido proceso.
El máximo Tribunal indicó que el cambio en la lista de testigos de cargo ocurrió con anterioridad a la audiencia de preparación de juicio oral, por lo que la recurrente tuvo tiempo para ajustar su estrategia de defensa. Asimismo, expresó que la encausada también pudo contraexaminar a la testigo durante el juicio oral, por lo que no es efectiva la vulneración al debido proceso que acusa.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó a la acusada junto a otros coimputados a sufrir todos, la pena de diez años de presidio mayor en su grado mínimo, como autores del delito consumado de tráfico ilícito de drogas.
Una banda dedicada al tráfico de diferentes sustancias estupefacientes fue desbaratada por la policía. Los agentes lograron esclarecer la cadena de transporte y almacenamiento de las drogas, deteniendo en un inmueble de la capital a la acusada, junto a otros coimputados, todos extranjeros, que se ingresaban la droga desde Bolivia, así como desde la frontera marítima norte, almacenando las sustancias en un domicilio del sector sur de Santiago.
En contra de la sentencia condenatoria, la acusada dedujo recurso de nulidad acusando infracción al debido proceso, en su capítulo principal, y errada aplicación del derecho, en subsidio; ambas peticiones fundadas en las letras a) y b) del artículo 373 del Código Procesal Penal, respectivamente.
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