Actualidad Internacional
España.
Tribunal decreta la nulidad de un contrato de tarjeta de crédito por contener cláusulas usurarias.
El interés contendido en el contrato debe contrastarse con el tipo medio de las operaciones de crédito al consumo en su conjunto, en operaciones a plazo de uno a cinco años, que era del 7,49 % TAE, lo que lleva a reputar como claramente desproporcionado el fijado en el contrato.

El interés contendido en el contrato debe contrastarse con el tipo medio de las operaciones de crédito al consumo en su conjunto, en operaciones a plazo de uno a cinco años, que era del 7,49 % TAE, lo que lleva a reputar como claramente desproporcionado el fijado en el contrato . . .
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