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Corte Constitucional de Ecuador.

Examen habilitante para el ejercicio profesional en las carreras que pudieran comprometer el interés público no es inconstitucional.

El derecho al trabajo y a la educación no son afectados cuando la idoneidad de los postulantes, a cargos de interés público, está determinada por requisitos de alto estándar que comprueban sus habilidades y destrezas.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·30 de julio de 2022·1 min de lectura
Examen habilitante para el ejercicio profesional en las carreras que pudieran comprometer el interés público no es inconstitucional.
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El derecho al trabajo y a la educación no son afectados cuando la idoneidad de los postulantes, a cargos de interés público, está determinada por requisitos de alto estándar que comprueban sus habilidades y destrezas . . .

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