Actualidad Internacional
España.
Cabe atribuir responsabilidad patrimonial a la autoridad administrativa sostenedora de un centro educativo por la agresión que una profesora sufrió a manos de un alumno.
Se considera que sí ha resultado acreditada la existencia de responsabilidad patrimonial toda vez que un alumno de un centro educativo dependiente de la administración agredió a la recurrente, procediendo por ello estimar el recurso en ese punto.

Se considera que sí ha resultado acreditada la existencia de responsabilidad patrimonial toda vez que un alumno de un centro educativo dependiente de la administración agredió a la recurrente, procediendo por ello estimar el recurso en ese punto . . .
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