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Tema

#derecho a un recurso efectivo

imagen: carracedoybosch.com
Actualidad Internacional

Tardanza injustificada

TEDH condena a Grecia por falta de compensación adecuada a demandante por proceso judicial que duró 19 años

Resolvió que Grecia vulneró el derecho a un proceso equitativo y a un recurso efectivo, al constatar la duración excesiva de un procedimiento civil iniciado en 2001 y concluido en 2020. El fallo precisó que el recurso compensatorio vigente no permitía examinar la duración global del proceso ni ofrecía una reparación adecuada. Asimismo, se estableció que las demoras acumuladas en tres instancias judiciales superaron el estándar de “plazo razonable” previsto en el artículo 6 del Convenio.

28 de agosto de 2025

imagen: radioatacamanuevomundo
Actualidad Internacional

Hasta 10 años de demora

TEDH condena a Albania por excesiva demora de tribunales para resolver causas judiciales

Las autoridades nacionales deben esforzarse por cumplir los requisitos del “plazo razonable” del Convenio mediante, entre otras medidas, la reducción del elevado retraso en los tribunales de apelación mediante la cobertura de vacantes judiciales pertinentes y la dotación de recursos humanos adecuados y otro apoyo necesario al poder judicial.

31 de mayo de 2025

imagen: prensaregional
Actualidad Internacional

Respeto a la vida privada y familiar no vulnerado.

TEDH respalda uso de escuchas telefónicas en investigaciones antimonopolio y transferencia de información entre autoridades policiales y de competencia.

A efectos de evaluar la necesidad de una transferencia de datos en una sociedad democrática, deben tenerse en cuenta la naturaleza de los datos en cuestión, la importancia del fin perseguido con su transferencia, las consecuencias que de ella se derivan para la persona afectada, así como la calidad de los procedimientos de autorización y la efectividad de los recursos disponibles.

09 de abril de 2025

imagen: aldiaargentina.com
Actualidad Internacional

Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Sentencia contra búlgaro que recusó a jueces que lo condenaron por presunta falta de imparcialidad se ajusta a derecho, resuelve el TEDH.

El estatuto de los jueces en Bulgaria está regulado por la Constitución y la ley, que establece numerosas garantías para asegurar su independencia. El Consejo Superior de la Judicatura, órgano independiente encargado del autogobierno del poder judicial, decide, entre otras tareas, sobre el nombramiento o promoción de los jueces, fija su remuneración y ejerce el poder disciplinario sobre ellos. En consecuencia, no parece que hubiera existido ningún vínculo jerárquico o financiero entre los jueces que examinaron la acción del demandante.

03 de abril de 2025

imagen: eleconomista.net
Actualidad Internacional

No agotaron recursos internos.

Demanda contra Eslovenia por adoptar medidas financieras que perjudicaron a clientes bancarios se declara inadmisible por el TEDH.

Los accionantes presentaron sus demandas en 2019 y 2023, cuando el derecho interno no ofrecía una solución efectiva a sus respectivos casos. Sin embargo, una nueva ley ha entrado en vigor, permitiendo a los antiguos titulares de bonos o acciones cancelados demandar al Banco de Eslovenia y ser indemnizados por el Estado.

19 de marzo de 2025

imagen: maglor.fr
Actualidad Internacional

Garantías procesales insuficientes.

Francia vulneró el derecho al respeto de la vida privada de un joven migrante durante el procedimiento para determinar su verdadera edad, resuelve el TEDH.

De tal acumulación de deficiencias en la información puesta a disposición del demandante, tanto incompleta como imprecisa, mientras su minoría estaba en juego y debía, por ello, ser considerado como una persona especialmente vulnerable, la presunción de minoría de la que se beneficiaba fue revertida en condiciones concretas que lo privaron de garantías procesales suficientes.

18 de enero de 2025

imagen: greece.iom
Actualidad Internacional

No constató violación a derechos del CEDH.

Demanda contra Grecia por la presunta “devolución en caliente” de un migrante afgano se declara inadmisible por el TEDH.

El solicitante, cuyas declaraciones y alegaciones en ocasiones parecieron contradictorias e inconsistentes, no aportó pruebas prima facie de su presencia en Grecia ni de su “pushback” a Turquía desde la isla de Samos en las fechas alegadas y, por lo tanto, no podía reclamar la condición de víctima en virtud del Artículo 34 del Convenio.

10 de enero de 2025